El Congreso de la capital aprobó su creación en marzo de 2020, pero en febrero la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó el carácter público del sistema.
Una decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cambió el acceso al Registro de Agresores Sexuales. En febrero el tribunal superior eliminó la consulta pública, que había sido el objetivo original de su creación de este archivo. Las críticas de la ciudadanía fueron insuficientes para evitar la medida, que se tomó con base en la protección de los datos personales de aquellos sentenciados por delitos sexuales.
El registro se propuso como un sistema de prevención de delitos sexuales y de protección de las mujeres y menores. Contaba con foto actualizada, nombre y nacionalidad de las personas sentenciadas; esa información debía estar disponible en la Fiscalía General de Justicia (FGJ).
Tras la modificación, se puede seguir utilizando pero con otros objetivos, informó la jefa de gobierno de la Ciudad de México (CDMX), Claudia Sheinbaum. Sin embargo, las autoridades aún tienen pendiente esclarecer a cuáles exactamente se refieren.
¿Qué es el registro de agresores sexuales de la CDMX?
Las modificaciones al registro que realizó la SCJN determinaron que las autoridades del Ministerio Público podrán consultar la información que contiene. La decisión se basó en que, de lo contrario, se violan derechos como la protección de los datos personales y la presunción de inocencia, y se genera estigma.
La resolución del SCJN significa que tampoco será posible crear un Banco de ADN de los agresores abierto a quien necesite consultarlo, como se pretendía con el proyecto secundario a la iniciativa del registro. Este cambio ha sido uno de los más importantes para la población civil.
Las autoridades también tendrán acceso a los datos más específicos de los culpables: señas particulares, ficha signalética, descripción de los delitos sexuales que cometieron y perfil genético. En cuanto a la ciudadanía en general, tendrá que seguir el proceso de peticiones, dirigidas a la Oficina de Información Pública de la Fiscalía de Investigación de Delitos Sexuales, en coordinación con la Dirección General de Política y Estadística Criminal.
También se declaró la invalidez del artículo 29 Ter, párrafo segundo, del Código Penal de la Ciudad de México. Esta legislación se aplica a los reincidentes en un delito sexual, cuya sanción se incrementará en dos terceras partes de la pena máxima prevista.
¿Cómo surgió el registro de agresores sexuales?
Ante la violencia de género que se denuncia a diario han surgido distintas iniciativas de ley para reforzar la seguridad y garantizar un entorno libre de violencia. Los avances al respecto han sido avalados por la SCJN de México, que busca nuevas formas de prevenir delitos de índole sexual.
Una de las más notables iniciativas fue, precisamente, la creación de este Registro de Agresores Sexuales de la CDMX. Uno de sus fines era facilitar las investigaciones sobre crímenes de este tipo, si se aprobaba sin modificaciones como habían formulado en el inicio de la propuesta.
En diciembre de 2019 se presentó ante el Congreso de la CDMX el proyecto de decreto por el que se crearía la Ley del Registro Público de Agresores Sexuales de la Ciudad de México. En marzo del siguiente año, este órgano la aprobó con modificaciones al Código Penal, a la ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la legislación de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
El siguiente paso fue la publicación de las modificaciones a las leyes mencionadas y el Sistema de Protección de Datos Personales del Registro Público de Personas Agresoras Sexuales, el 20 de marzo de 2020. Fue en abril de ese mismo año que el gobierno de la CDMX presentó la plataforma pública del Registro de Agresores Sexuales, que en la actualidad permanece inactiva.
FUENTE: infobae