Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
  • Home
  • Blog
  • Aliados Top
  • Secciones
    • Metodología
    • Top
    • Galardonados
    • Laureados
  • Previous
    • 2025
    • 2024
    • 2023
    • 2022
    • 2021
    • 2020
    • 2019
    • 2018
    • 2017
    • 2016
    • 2015
    • 2014
  • Interés
    • Vocabulario legal
    • Glosario
  • Top Ranking
  • Videos
Menú
  • Home
  • Blog
  • Aliados Top
  • Secciones
    • Metodología
    • Top
    • Galardonados
    • Laureados
  • Previous
    • 2025
    • 2024
    • 2023
    • 2022
    • 2021
    • 2020
    • 2019
    • 2018
    • 2017
    • 2016
    • 2015
    • 2014
  • Interés
    • Vocabulario legal
    • Glosario
  • Top Ranking
  • Videos
Facebook Linkedin Youtube

Aprueban Ley Ingrid. Cárcel por filtrar imágenes o información de víctimas de feminicidio

  • Evitar violaciones a la dignidad y derechos humanos de las víctimas, sus familiares o dependientes, el objetivo del proyecto.   

Ciudad de México.-Con 86 votos a favor, la cámara de Senadores aprobó las reformas al Código Penal Federal, para tipificar y sancionar la filtración de imágenes o difusión de información de víctimas de feminicidios o ilícitos sensibles relacionados con la violencia de género, lo cual modifica el artículo 225 al establecer que son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos:   

Dar a conocer, difundir, entregar, revelar, publicar, transmitir, exponer, remitir, distribuir, videograbar, audiograbar, fotografiar, filmar, reproducir, comercializar, ofertar, intercambiar, copiar o compartir, a quien no tenga derecho, imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos o constancias que obren en una carpeta de investigación o en un proceso penal y que por disposición de la ley o resolución de la autoridad judicial, sean reservados o confidenciales.  

Dispone que a quien cometa el delito previsto en esta fracción, se le impondrá pena de prisión de seis a 12 años y multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización. 

 Además, plantea un artículo 225 Bis para precisar que a la persona servidora pública que difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta, a quien no tenga derecho o facultad para ello, imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos, que obren o se encuentren en una carpeta de investigación, en un proceso penal o estén relacionados con las condiciones personales de la víctima o las circunstancias del hecho que la Ley señale como delito, se le impondrá una pena de seis a 10 años de prisión y una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización.  

Y que esta sanción se aumentará hasta en una mitad más, cuando las víctimas u ofendidos sean niñas, niños, adolescentes, mujeres o que la información corresponda a cadáveres. 

 Las y los senadores destacaron que este proyecto tiene el propósito de garantizar una vida libre de violencia contra la mujer en todas sus formas, por lo que busca combatir la violencia mediática de género y su normalización, al establecer y tipificar como delito que las personas servidoras públicas filtren o difundan fotografías o información relacionada con una víctima.  

 Con este tipo de prácticas, aseveraron, se evitan violaciones a la dignidad y derechos humanos de las víctimas, sus familiares o dependientes, y se garantiza el debido proceso. 

 Al presentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Justicia, Olga Sánchez Cordero, mencionó que este producto legislativo plantea garantizar la seguridad, intimidad, dignidad, protección, bienestar físico y psicológico de las víctimas, toda vez que la divulgación de información e imágenes de las víctimas de algún delito constituyen, claramente, una lesión a la dignidad de las personas y a la memoria de las víctimas. 

 Recordó que, en febrero de 2020, se difundieron imágenes del cuerpo de una víctima de feminicidio en noticieros, diarios, periódicos y en redes sociales, lo que se conoció como el caso de Ingrid Escamilla Vargas. 

 Lamentablemente, subrayó, todos y todas fuimos testigos de la exhibición pública del material visual de su cuerpo, como si se tratará de cualquier noticia cotidiana, lo que laceró gravemente la dignidad y memoria de su persona y de sus familiares.  

 Sánchez Cordero indicó que es fundamental reconocer que la justicia en materia penal no solo recae en una sentencia, sino también en el respeto irrestricto a la dignidad y memoria de las víctimas, sean directas o indirectas. 

 El dictamen, que se remitió a la Cámara de Diputados, menciona que este suceso, puso en el centro del debate la actuación de las autoridades y personas servidoras públicas, en la integración de las carpetas de investigación del delito de feminicidio y la falta de probidad en el manejo de información y material contenido en dichas carpetas, que deberían encontrarse bajo la debida confidencialidad y reserva. 

El antecedente

Ingrid Escamilla: un caso que marcó el sistema de justicia en México

Por Diana Hernández Gómez

Ingrid Escamilla fue asesinada por Erick Francisco Robledo Rosas el 9 de febrero de 2020. La noticia se extendió rápidamente en los medios de comunicación debido a la brutalidadcon la que fue cometido el delito. En medio de esto, diversos medios digitales e impresos comenzaron a difundir imágenes gráficas donde se apreciaba el estado en el que fue encontrado el cuerpo de Ingrid en su departamento ubicado en la alcaldía Gustavo A. Madero.

Así, los periódicos El Metro (de Grupo Reforma), El Gráfico (de El Universal), La prensa (de Organización Editorial Mexicana), Pásala (del Grupo Editorial Notmusa) y la edición de Jalisco de Página 24 incurrieron en unarevictimización de la joven de 25 años. 

Hazel Zamora Mendieta

La policía de la Ciudad de México también tuvo responsabilidad en el hecho, pues presuntamente fue el personal de esta institución quien filtró las imágenes a la prensa.

El hecho desató diversas protestas en la capital mexicana, las cuales trascendieron más tarde al espacio digital por medio de una convocatoria de Twitter. En ella se invitaba a las mujeres a postear imágenes de flores o del cielo para contrarrestar la difusión de las fotografías revictimizantes del cuerpo de Ingrid (por las cuales, además, ningún medio fue investigado en el momento).

Pero más allá de las manifestaciones, en marzo de este 2022, la Cámara de Diputados aprobó la llamada Ley Ingrid a nivel federal. Dicha ley consiste en una serie de reformas al artículo 225 del Código Penal Federal. Gracias a estas modificaciones, se sancionará con entre cuatro y diez años de cárcela quienes difundan material audiovisual o documental de personas víctimas de un delito.

De esta forma, el feminicidio de Ingrid reformó el sistema de justicia mexicano. Pero no solo eso: también transformó la percepción de las manifestaciones de mujeres en el país. Esto, debido a que en una manifestación por la muerte de Ingrid a pocos días de su asesinato, varias mujeres intervinieron la fachada del Palacio de Gobierno en la Ciudad de México.

Desde entonces, en cada protesta,el edificio es blindadocon cercas y con un fuerte despliegue policial, algo que ha contribuido a la criminalización del movimiento feminista por parte del gobierno mexicano. Aun así, las mujeres continúan manifestándose, organizándose y trabajando por obtener justicia.

Tras dos años y medio de espera, el jueves 13 de octubre del 2022 finalmentese declaró culpablea Erick Francisco Robledo Rosas por el feminicidio de Ingrid Escamilla Vargas. 

El juez del Tribunal de Enjuiciamiento Unitario del Poder Judicial, determinó la culpabilidad de Erick Francisco durante una audiencia de fallo llevada a cabo en el Reclusorio Oriente de la Ciudad de México. En dicho proceso, la defensa de Ingrid presentó 43 pruebas para demostrar la responsabilidad del hombre de 48 años.

FUENTE: cimacnoticias

Artículo anteriorMás del 70 por ciento de animales domésticos y silvestres en México sufren de violencia físicaArtículo siguiente Actualizan penas contra uso indebido de recursos naturales
OTRAS NOTICIAS
Pierden por bloqueos hasta $6 mil millones
Crece solidaridad con migrantes en EU
CM Abogados
Noveno aniversario de la muerte de Fidel Castro
El acoso contra mujeres debe estar en los códigos penales federal y estatales: Sheinbaum
25 de noviembre Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Blindan Palacio y calles aledañas por la marcha de hoy del 25 N; cierran las tiendas
Jerí no descarta ingresar a la Embajada de México para detener a exministra de Perú
Grupo Uno
Fiat Servicios Legales
LBKO
Yec
Valanzsa Abogados
Un alcalde asesinado, un presunto atacante abatido y la sombra del crimen en Michoacán: qué sabemos del caso de Carlos Manzo
The Anderson Immigration Group
Tavares & Tavares Law Firm
Sergio Arturo Ramírez Muñoz
Olmedo Gaxiola
Nassar Nassar y Asociados
Katz & Gudiño Abogados
Juan Antonio Aguilar Cervantes
Bufete Hernández Barros
Flores Serna y Asociados
De la Rosa
JSH

SECCIONES

- Galardonados
- Metodología

INTERÉS

- Vocabulario legal
- Responsabilidad social
- Glosario

OTROS

- Aviso de Privacidad
- Blog
- Videos

SECCIONES

- Galardonados
- Metodología

INTERÉS

- Vocabulario legal
- Responsabilidad social
- Glosario

OTROS

- Aviso de Privacidad
- Blog
- Videos

© Tops los Mejores Abogados 2020-2025 Creado y Optimizado por ZdPublicidad