La reforma a la Ley Federal del Trabajo entró en vigor este 5 de diciembre en el país.
La Norma Oficial Mexicana-037-STPS-2023 publicada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 9 de junio mediante la cual se establecen las condiciones de seguridad y salud en el trabajo para el home office entró en vigor este 5 de diciembre.
Luego de la pandemia por el covid-19, la alternativa para mantener en funcionamiento muchas de las empresas fue el trabajo desde casa. Por tanto, muchas empresas implementaron esta medida que les resultó rentable por lo que se quedó ya como una modalidad de empleo.
Cabe recordar que la reforma a la Ley Federal del Trabajo de enero de 2021, en la que se establece que todos los lugares de trabajo que cuenten con empleados que laboren más de 40% de su tiempo de home office deben cumplir las siguientes obligaciones:
–Pagar el monto proporcional del consumo del internet, consumo luz para la computadora, tableta, teléfono celular inteligente, impresora, y la tinta que se pudiera utilizar.
–Proveer a las personas trabajadoras de herramientas necesarias para su desempeño, incluyendo silla ergonómica, aditamentos ergonómicos en caso de ser necesario.
-Revisar que el lugar desde donde se trabaja sea seguro, que esté ventilado e iluminado.
-Dar seguimiento a las condiciones de seguridad e higiene.
-Aunque un trabajador esté a distancia no debe haber un diferenciación con los que trabajan de manera presencial por lo que deben respetarse su derecho a la sindicalización, negociación colectiva, tener contacto con sus compañeros que trabajen en el lugar de trabajo.
-Establecer mecanismos de comunicación entre el jefe y los trabajadores.
–El home office es reversible cuando no haya condiciones para realizar su trabajo a distancia o porque convenga al trabajador.
¿Cuáles son las obligaciones que tienen los empleados por hacer home office?
Por su parte, aquellos empleados que realizan labores desde casa deben:
*Resguardar y conservar en buen estado los equipos de cómputo o cualquier otro que se les brinde para realizar sus labores remotas.
*Brindar a la Comisión de Seguridad e Higiene y a su jefe información sobre cualquier alteración de las condiciones de seguridad y de salud de su trabajo, o en el caso de que exista alguna cuestión que impida sus labores en home office, incluyendo acontecimientos traumáticos severos que se llegarán a presentar con motivo de sus actividades como empleado.
*Someterse a exámenes médicos de acuerdo a lo que establece la NOM-30 STPS-2009, así como mantenerse pendiente de las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.
*Atender las políticas y mecanismos de protección de datos e información establecidas por la empresa conforme a su trabajo en modalidad de home office.
*Informar por escrito y con anticipación sobre algún cambio de domicilio temporal o definitivo, ya que se deberían realizar gestiones que comprobaran la seguridad del nuevo lugar donde se emplearán sus labores remotas.
¿Cuáles son las obligaciones de las empresas por home office?
Las obligaciones que tienen los corporativos para sus trabajadores que hacen home office aquí te las describimos:
*Deben brindar las herramientas necesarias para realizar las labores en casa, tales como una silla, computadora, conexión a internet, una parte proporcional al pago de electricidad y todo lo necesario para desempeñar las actividades que son correspondientes a las labores.
*Respeto a la privacidad, pues las empresas no podrán hacer uso de mecanismos invasivos para verificar la disponibilidad o conexión de las personas que hacen home office.
*Derecho a la desconexión digital.
*Los empleados que realizan labores desde casa deberán asistir a reuniones presenciales o virtuales para evitar el aislamiento.
*Lugar seguro y adecuado de trabajo.
*Los derechos que se ofrecen en las oficinas o lugares de trabajo deben ser los mismos que se otorgan en el home office.
FUENTE: telediario