El pasado 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforma la Constitución en materia política-electoral, la cual prevé la figura de la elección consecutiva de diputadas y diputados.
Sobre este tema, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó un acuerdo que establece disposiciones internas aplicables a diputadas y diputados federales que opten por la elección consecutiva en el próximo proceso electoral 2023-2024.
En el documento, la Cámara de Diputados reconoce el derecho constitucional de las diputadas y diputados de la LXV Legislatura a contender por el mismo cargo durante el proceso electoral actual, a través de la elección consecutiva.
Se destaca que esta opción solo es posible por el mismo partido o por alguno de los partidos integrantes de la coalición que los hubiera postulado, a menos que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.
Además, el acuerdo establece que las y los diputados que hayan renunciado al partido que los postuló o hubieren perdido su militancia antes de la mitad de su periodo, podrán contender por el mismo cargo postulados por un partido distinto. Mientras que, aquellos elegidos por un partido que pierda su registro podrán ser postulados por cualquier otro partido.
Se especifica que los legisladores podrán optar por la elección consecutiva a través de una fórmula electoral distinta a la de origen. Asimismo, aquellos de mayoría relativa y representación proporcional podrán contender por el mismo distrito o circunscripción por el cual fueron electos, siempre que cumplan con los requisitos constitucionales.
- El acuerdo también aborda la inasistencia a las sesiones del Pleno, las cuales generarán el descuento de la dieta correspondiente, además de que contempla disposiciones para la comprobación y fiscalización de los apoyos económicos otorgados a quienes opten por la elección consecutiva. La difusión de las labores legislativas de quienes participen en esta elección será regulada de manera institucional, objetiva, neutral e imparcial, sin vulnerar las disposiciones electorales. Además, se faculta a los órganos de gobierno para celebrar convenios de colaboración con instituciones como el INE, la Fepade y el TEPJF. Finalmente, en un transitorio de los lineamientos se destaca que se establecerá un micrositio que contenga información pública de las diputadas y diputados que opten por la elección consecutiva, cumpliendo con el principio de transparencia.
FUENTE: canaldelcongreso