El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) refirió el pasado 15 de julio del presente año, en su plataforma el Registro Nacional de Acreditación de Personalidad (RENPE), que una vez que se encuentren registrados el apoderado legal y testimonio notarial de las empresas, no será necesario acreditar en cada procedimiento tales facultades de representación.
Registro Nacional de Acreditación de Personalidad
La dinámica es que los apoderados legales cuando lleguen a su audiencia, antes de comparecer, deberán mostrar su cedula, posteriormente el conciliador va a leer el código QR y en ese momento va identificar que el representante ya está registrado ante el Centro.
Por lo que, el día de ayer se comenzó a revisar todo lo que ingresó para validar y se dieron citas de cotejo de los documentos ante los conciliadores, para lo cual por una sola ocasión se tiene que presentar el original, para poder validar la información y constatar el documento en línea.
Finalmente, compartimos el link de dicho registro en el cual se deberá de crear una cuenta y seguir los pasos para quedar inscrito; https://conciliacion.centrolaboral.gob.mx/renpe/login.
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