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Tres leyes nuevas para las empresas en 2024 y otras tres que tendrán que esperar

Como es habitual el año se estrena con nuevas leyes que aplican a las empresas. Algunas prosiguen la marcha prevista, pero otras anunciadas tendrán que esperar.

De algunas de estas leyes ya se ha hablado en esta web, de otras no, porque estaban presentes de aprobación definitiva. No obstante, el cambio de Gobierno y la pospuesta adopción de algunas empresas han obligado a que algunas de las normas que estaban previstas para este año hayan sido aplazadas para más adelante.

Te contamos cuáles serán de obligado cumplimiento para 2024 y cuáles tendrán que esperar.

Estas tres son las que entrarán en vigor:

1. Ley de Paridad

El pasado mes de marzo, el Gobierno aprobaba el Anteproyecto de Ley Orgánica de Representación Paritaria de Mujeres y Hombres en los Órganos de Decisión, más conocida como Ley de Paridad.

Conforme a esta Norma, las sociedades cotizadas deberán asegurar que sus consejos de administración tengan al menos un 40% de consejeras antes de 1 de julio de 2024. En los puestos de alta dirección, deberán ajustar los procesos de selección para que se alcance ese objetivo. 

Según recordaba Nadia Calviño, vicepresidenta primera del Gobierno, en la actualidad, la presencia de mujeres en los consejos de este tipo de sociedades no llega al 30% y está por debajo del 20% en los puestos de alta dirección.

La nueva regulación se aplicará también a las grandes empresas no cotizadas, que son aquellas con más de 250 trabajadores o una cifra anual de negocios de más de 50 millones de euros o un activo superior a 43 millones. Estas compañías tendrán un plazo adicional, hasta julio de 2026, para cumplir con la norma.

La igualdad atañe también a las listas electorales, el sector público estatal, sociedades cotizadas, grandes empresas y colegios profesionales. 

2. El canal de denuncias interno: abril 2024

De este ya hemos hablado en esta web, así que baste con recordar que desde el pasado 1 de diciembre, las empresas con más de 250 empleados que no tengan habilitado el canal podrán ser sancionadas con multas de hasta un millón de euros.

El resto de las empresas con más de 50 trabajadores y administraciones públicas tendrán tres meses desde la entrada en vigor de la ley. Todas ellas deberán contar con un canal que posibilite comunicar las irregularidades que se pudiesen detectar en la organización, por parte de empleados, proveedores, clientes, accionistas y otras partes interesadas. A través del canal se puede denunciar cualquier conducta contraria a la ley así como a la normativa interna de la empresa. 

3. Obligación de la Declaración de la Renta para todos los autónomos

A partir de 2024, todos los autónomos personas físicas tendrán que presentar la Declaración de la Renta, independientemente del nivel de ingresos que alcancen y aunque solo hayan estado dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) un día. Esto representa un cambio significativo, ya que hasta ahora solo aquellos con ingresos superiores a 1.000 euros anuales estaban obligados.

Tres leyes nuevas para las empresas en 2024 y otras tres que tendrán que esperar

Las que tendrán que esperar

La entrada en vigor de estas leyes estaba prevista para el año que está a punto de comenzar. Sin embargo, los cambios en el ejecutivo y otras circunstancia han obligado a posponer su funcionamiento. Estas son algunas:

1. Ley de atención al cliente

También en este caso la ley se orienta a empresas que ofrecen servicios básicos de interés general en España, así como a empresas con al menos 250 empleados y un volumen de negocios anual que supere los 50 millones de euros o un balance de negocios anual superior a 43 millones de euros.

La Norma persigue mejorar los derechos de los consumidores y establece a las empresas la obligación de disponer de un sistema eficaz para facilitar información, atender y resolver las quejas y reclamaciones ágilmente. Afecta a las empresas enmarcadas dentro de: servicios de suministros de agua, gas y electricidad, servicios de transporte de viajeros, servicios postales, medios audiovisuales de acceso condicional y servicios de comunicaciones electrónicas. Las empresas deberán disponer de un servicio eficaz para facilitar información, atender y resolver las quejas.

La Ley fijaba, entre otras cosas, un plazo máximo de un mes para que las empresas resuelvan las reclamaciones de sus clientes, un tiempo de espera máximo de un minuto desde la realización de una llamada telefónica hasta la recepción y un horario de atención al cliente ajustado a las características del servicio prestado. Para servicios de carácter básico, como el servicio telefónico, el suministro eléctrico, de gas o de agua, el servicio deberá estar disponible 24 horas al día, 365 día al año.

No obstante, aunque el proyecto de Ley está ya redactado y aprobado, falta por despejar la incógnita de la ratificación definitiva para su entrada en vigor, más ahora, con la decisión del nuevo Ejecutivo de eliminar el Ministerio de Consumo.

2. Límite de facturación del sistema de módulos para autónomos

El Ministerio de Hacienda sacó hace unos días a consulta pública la orden con la que pretende prorrogar un año los mismos límites de facturación existentes ahora para que los autónomos que tributen por el sistema de estimación objetiva, lo que se conoce como el sistema de módulos.

Miles de autónomos dudaban sobre si podrían o no seguir tributando durante 2024 en este régimen, pendientes de si su nivel de facturación les iba a permitir mantenerse en el sistema un año más. A dicho régimen se acogen profesionales como los peluqueros, transportistas, taxistas, carpinteros, pequeños comerciantes o cafeterías, entre otros.

En principio, se mantienen pues para el ejercicio 2024 la cuantía de los signos, índices o módulos de IRPF y de IVA, así como las instrucciones de aplicación. Esta sería la octava prórroga de los límites permitidos a los autónomos para mantenerse o acceder al régimen de estimación objetiva, después de que se aprobara su modificación en 2015. Los limites fijados hasta ahora son: no haber superado el umbral de ingresos de 250.000 euros en 2023, en el caso de trabajadores por cuenta propia que venden directamente a particulares ,o no haber superado el umbral de 125.000 euros si facturan a empresas.

Lo que sí podría desaparecer en 2024 es la reducción extraordinaria del 10% en el IRPF para los autónomos que tributen por el sistema de estimación objetiva y rebajarse al 5%.

3. La factura electrónica (para algunos)

A raíz de la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece en 2022, establecía la factura electrónica para todas las operaciones entre empresas y autónomos al objeto de favorecer la transformación digital y facilitar el acceso a la información sobre los plazos de pago. 

Sin embargo, ahora se ha decidido atrasar hasta 2025 la entrada en vigor para aquellas empresas con ingresos superiores a 8 millones de euros al año y hasta 2026 para las empresas con una facturación inferior a ocho millones de euros al año y los autónomos tendrán la obligación de emitirlas en formato electrónico en 2026 como contábamos ya en este otro artículo de Emprendedores.

FUENTE: emprendedores

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