Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda al Estado mexicano por la aprobación de la reforma del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCF), que elimina definitivamente la figura de interdicción y abre la puerta a otras reformas legales que devuelvan a las personas con discapacidad el derecho a la autonomía e independencia, así como al respeto de sus decisiones en todos los ámbitos de la vida.
La reforma, aprobada por el Congreso de la Unión, el 24 de abril pasado, incorpora innovaciones respecto de otros países de la región que también han sido pioneros en la modificación de Códigos Civiles para adaptar las legislaciones internas a los estándares establecidos en el artículo 12 de la Convención de Naciones Unidas por los Derechos de las Personas con Discapacidad. Ello en cuanto a la ampliación de los servicios de apoyo para la toma de decisiones para las personas con discapacidad y para todas aquellas que así lo requieran en algún momento de sus vidas. Del mismo modo, esa reforma incorpora innovaciones en los requerimientos y procedimientos periciales relacionados con los informes médicos. De esta manera, siguiendo el estándar del derecho internacional de los derechos humanos, la reforma mexicana prevé el derecho a ejercer la capacidad jurídica universal para todas las personas.
El proceso que llevó a esta reforma y a su aprobación en México contó con la participación activa y vinculante, desde su gestación, de diversas organizaciones de la sociedad civil de personas con discapacidad, de derechos humanos, y de la academia. Entre los temas propuestos por esas organizaciones está el Capítulo I, que reconoce la capacidad jurídica plena de todas las personas, incluidas aquellas que son mayores o que tienen una discapacidad. La Comisión felicita este precedente participativo de trabajo legislativo, que replica la manera en que se redactó la Convención de Naciones Unidas.
El proyecto de reforma aprobado instituye un procedimiento extraordinario para conocer la voluntad y preferencias de aquellas personas que presentan dificultades de manifestarlas, ello por medio de la designación extraordinaria de apoyos por parte de un juez competente. Este único procedimiento reitera que todas las personas tienen capacidad jurídica plena y que pueden elegir ejercitar ese derecho mediante apoyos y salvaguardas que elijan libremente, de conformidad con lo que establezca la legislación civil de cada uno de los estados de la República mexicana. De este modo, se crean las bases para que las legislaturas de las entidades federativas inicien reformas de conformidad en la materia.
La Comisión exhorta a todas las entidades federativas a iniciar acciones sistemáticas de capacitación y concientización para que todas las personas que estarán vinculadas con la implementación de esta reforma a nivel local puedan implementarla de manera práctica y efectiva.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
FUENTE: hojaderuta