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¿Ley impide luchar contra el fentanilo?

Las empresas enfrentan un gran desafío en la implementación de los cambios, los cuales incluyen nuevas autoridades a cargo de la aplicación de la ley.

El mercado del fentanilo se posicionó como uno de los más rentables a nivel mundial y su comercio y distribución ilegal agudizó algunos problemas entre México y Estados Unidos, ante esto, el gobierno mexicano intensificó su estrategia para controlar el trasiego de droga, no obstante, para el despacho Sánchez Devany, el principal problema radica en un vacío legal en nuestro país. 

Explicó que muchas de las sustancias utilizadas para fabricar fentanilo no están sujetas a controles específicos. La Ley General de Salud no los tipifica como estupefacientes o sustancias psicotrópicas, ni limita su importación, transporte o uso. Están sujetos a controles menos estrictos que los productos (legales o ilegales) que pueden fabricarse con ellos, los cuales están regulados por la Ley Federal de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para la Elaboración de Cápsulas, Tabletas y pastillas, así como, la Ley General de Salud de México.

No obstante, tras el incremento de la venta ilegal y presión por parte del gobierno de Estados Unidos, dichas leyes fueron revisadas y modificadas para dar mayor poder a las autoridades e impedir su fabricación y comercio, así como imponer controles y obligaciones más estrictos a personas y entidades legales, que participen en procesos relacionados con este tipo de productos.

De acuerdo con Alberto Campos, Socio encargado del área de práctica de Ciencias de la Vida, del despacho Sánchez Devanny, el fondo de las reformas a la ley es positiva, anteriormente, no estaba clara la posibilidad de que las autoridades competentes realizaran procedimientos de verificación con respecto a estas sustancias, y los controles sobre estos bienes no estaban claramente establecidos para las entidades legales dedicadas a su comercio y uso dentro de México.

“Sin embargo, las reformas ponen a tantas autoridades a cargo de los debidos procesos de verificación, que no queda claro el alcance de sus facultades y en muchos casos, las responsabilidades de las autoridades pueden superponerse”, agregó Alberto Campos.

Por otro lado, advirtió que las obligaciones relacionadas con el control y la trazabilidad de estas sustancias se han vuelto mucho más onerosas y difíciles de cumplir.

“Cabe mencionar que, muchos de los productos que se consideran precursores y productos químicos esenciales para la fabricación de fentanilo también se utilizan en otras industrias, por ejemplo, en productos farmacéuticos, dispositivos médicos, productos cosméticos y de higiene o limpieza”, agregó. 

Por lo anterior y ante la entrada en vigor de estos ajustes el 4 de mayo de 2023, I, como son la Secretaría de Marina, de la Defensa Nacional, de Seguridad y Protección Ciudadana, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Guardia Nacional, Unidad de Inteligencia Financiera, que pertenece a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Servicio de Administración Tributaria y la Agencia Nacional de Aduanas de México.

Las reformas establecen que las personas que utilicen estos bienes para cualquier actividad regulada deberán registrar su uso en el Sistema Integral de Sustancias Químicas, de forma obligatoria, y especificar la ubicación de la sustancia, la cantidad y el tipo.

También, se redujo el tiempo para entregar el informe anual, de 60 días hábiles a 60 días calendario. Así mismo, las organizaciones que realicen cualquier proceso con estas sustancias deberán incluir en su objeto social una referencia expresa a los procesos en los que se utilizarán, al igual que recopilar y verificar información sobre las personas con las que realicen sus procesos.

De igual forma, se limitan las aduanas por las que pueden importarse las mercancías, además se establecen nuevas infracciones y tipos penales, los que podrían resultar en multas considerables de hasta el 10% de los ingresos obtenidos de las operaciones reguladas y penas de prisión de hasta 15 años.

“Lo que podemos ver es que nuevamente las reformas imponen restricciones a las personas legalmente establecidas, sin enfocarse a detener las actividades ilegales, por lo que muy probablemente esas acciones, además de generar mayores costos logísticos, modificaciones administrativas y cambios en las estructuras internas de las entidades legales, así como, revisiones más estrictas de los riesgos potenciales, se tendrá una mayor probabilidad de corrupción por parte de las autoridades competentes”, indicó Alberto Campos. 

Por ello, el especialista recomienda que quienes participen en procesos que involucren estos productos, verifiquen las acciones y reestructuraciones específicas que deben implementarse para evitar posibles infracciones y, en algunos casos, delitos penales. También es recomendable preparar expedientes y protocolos para no caer en actos que tengan implicaciones económicas e incluso penales.

FUENTE: idconline

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