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Cambios en proceso de adopción en México, gracias a reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

De 2014 al tercer trimestre de 2023, en nuestro país han sido adoptados más de dos 2 mil infantes y adolescentes.

Sistemas DIF y las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes son las únicas autoridades competentes para tramitar los procedimientos de adopción.

  • Otros 225 se encuentran bajo la figura de acogimiento familiar como medida temporal

Ciudad de México, 4 de enero de 2024.- Del 2014 al 2023, en México han sido adoptados dos mil 076 niñas, niños y adolescentes y 225 se encuentran bajo la figura de acogimiento familiar de acuerdo con datos de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PFPNNA), obtenidos con información proporcionada por las Procuradurías de Protección de las entidades federativas.

A raíz de diversas reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) impulsadas por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) y la PFPNNA se han logrado cambios estructurales; por ejemplo, entender al proceso de adopción como un derecho de niñas, niños y adolescentes que por distintas circunstancias no pudieron permanecer con su familia originaria, y ante esas situaciones de desamparo familiar y ante contextos de violencia, abuso y abandono, requieren una nueva familia que debe ser asignada por parte del Estado, previa evaluación exhaustiva que la certifique como idónea para recibir a una persona menor de edad, con el fin de brindarle un entorno seguro, amoroso y que haga posible su desarrollo integral.

También, destaca que los Sistemas DIF y las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes son las únicas autoridades competentes para tramitar los procedimientos de adopción desde el ámbito administrativo, y encontrar la opción que sea más adecuada para restituir el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir en una familia.

En su actuar, los Sistemas DIF y las Procuradurías de Protección tienen como objetivo brindar algún cuidado alternativo para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar o que se hallen en riesgo de perderlo, para garantizar la protección de sus derechos humanos.

La LGDNNA reconoce cuatro tipos de cuidado alternativo: reunificación con familia ampliada o extensa, acogimiento familiar, adopción y acogimiento residencial. Salvo la adopción, estos cuidados alternativos son de carácter temporal en tanto las niñas, niños o adolescentes pueden ser reunificados o integrados a su entorno familiar.

La mayoría de niñas, niños o adolescentes que se encuentran en los Centros de Asistencia Social o en otro cuidado alternativo regresan con su familia de origen y aproximadamente menos de 20 por ciento llegan a ser susceptibles de adopción por su condición de abandono, exposición o porque sea inviable el regreso a su familia de origen. Actualmente, se estima que alrededor de mil 356 niñas, niños o adolescentes son susceptibles de ser adoptados, gracias al trabajo de las Procuradurías de Protección, y varios de ellos ya están en proceso.

Estado, sociedad y familias deben procurar que niñas, niños y adolescentes tengan garantizados todos sus derechos, y reconocer a la adopción como una forma de restituir su derecho a vivir en familia para protegerles, amarlos y propiciar su desarrollo integral.

Si quieres conocer más sobre el proceso de adopción y los pasos para adoptar en el SNDIF, consulta la siguiente página: https://bit.ly/48nPdGO

FUENTE: gob.mx

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