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CAMBIOS EN PRECIOS DE TRANSFERENCIA,Logotipo GLZ con titulo client alert acompañado de una imagen con signo de pesos referente alcomunicado de cambio de precios en las transferencias

CAMBIOS EN PRECIOS DE TRANSFERENCIA

CAMBIOS EN PRECIOS DE TRANSFERENCIA

Como es de su conocimiento cada año la autoridad en materia fiscal realiza cambios
a la legislación aplicable, razón por la cual les hacemos llegar las modificaciones en
materia de Precios de Transferencia. Estas modificaciones están en la Reforma
Fiscal emitida por las Autoridades Fiscales Mexicanas y surtieron efecto a partir del
ejercicio fiscal 2022.

CAMBIOS EN PRECIOS DE TRANSFERENCIA

Estas modificaciones resultan aplicables para la documentación de dicho ejercicio,
cuyos vencimientos se presentarán durante este año 2023.

Algunos de los cambios principales son los siguientes:

Nuevas fechas de presentación de obligaciones entre las que se incluyen:

  • El Anexo 9 de la DIM (15 mayo)
  • Declaración Local de partes relacionadas (15 de mayo)
  • Declaración Maestra de partes relacionadas (31 de diciembre)
  • Reporte país por país (31 de diciembre)
  • Dictamen Fiscal (15 de mayo)
  • ISSIF (15 de mayo)
  • Otras

• Revelación de operaciones con partes relacionadas residentes en México:
Para el ejercicio fiscal 2022 se incluye la obligación de revelar en el Anexo 9 de
la DIM la información y análisis de todas las transacciones intercompañía,
incluyendo ahora aquellas celebradas con partes relacionadas locales. Cabe
destacar que los contribuyentes atendían esta obligación para el reporte de
transacciones con el extranjero y ahora tendrán que contar con los elementos
técnicos que derivan del estudio de precios de transferencia para cumplir con el
reporte de cualquier transacción (local o extranjera). Vale la pena recordar que
la información solicitada en el Anexo 9 de la DIM se refiere a elementos técnicos
tales como: rango intercuartil de mercado, número de compañías comparables,
códigos de industria, rentabilidad del contribuyente, entre otros elementos que
solo pueden ser obtenidos a través de un análisis de precios de transferencia.

Presentación de obligaciones en caso de Dictamen Fiscal de una empresa
del Grupo: Si una entidad de un grupo empresarial se ve obligada a la
presentación del Dictamen Fiscal, todas sus partes relacionadas, en automático,
adquieren la obligación de presentar el ISSIF (con los correspondientes anexos
de precios de transferencia), la Declaración Informativa Local (Local File) y la
Declaración Informativa Maestra (Master File) de partes relacionadas.

CAMBIOS EN PRECIOS DE TRANSFERENCIA

Uso del rango intercuartil: El uso de esta medida estadística se incorpora a
texto de Ley y elimina la posibilidad de utilizar cualquier otro método
estadístico.

Uso de un solo año de información financiera para las compañías
comparables: La Autoridad establece que, para poder utilizar dos o más años
de datos o información comparable, el contribuyente deberá demostrar que su
ciclo de negocios abarca más de un ejercicio fiscal.
Como es de su conocimiento cada año la autoridad en materia fiscal realiza cambios
a la legislación aplicable, razón por la cual les hacemos llegar las modificaciones en
materia de Precios de Transferencia. Estas modificaciones están en la Reforma
Fiscal emitida por las Autoridades Fiscales Mexicanas y surtieron efecto a partir del
ejercicio fiscal 2022.

Estas modificaciones resultan aplicables para la documentación de dicho ejercicio,
cuyos vencimientos se presentarán durante este año 2023.

Algunos de los cambios principales son los siguientes:

Resulta de gran importancia que los contribuyentes cuenten con los elementos
técnicos y con el soporte documental por cada operación realizada con partes
relacionadas sin importar el país de residencia (local o extranjera) o el importe de la
transacción. En consecuencia, consideramos como una buena práctica el realizar
análisis preliminares (previo al cierre del ejercicio), que tengan en consideración los
cambios mencionados en la Reforma Fiscal.

Sin más por el momento, invitamos a todos nuestros clientes a que, en caso de tener
duda respecto de este tema, se pongan en contacto con nosotros a fin de brindarles
una asesoría adecuada y personalizada.

https://glzabogados.com/alert/clientalert-9-2023/

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