Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
  • Home
  • Blog
  • Aliados Top
  • Secciones
    • Metodología
    • Top
    • Galardonados
    • Laureados
  • Previous
    • 2025
    • 2024
    • 2023
    • 2022
    • 2021
    • 2020
    • 2019
    • 2018
    • 2017
    • 2016
    • 2015
    • 2014
  • Interés
    • Vocabulario legal
    • Glosario
  • Top Ranking
  • Videos
Menú
  • Home
  • Blog
  • Aliados Top
  • Secciones
    • Metodología
    • Top
    • Galardonados
    • Laureados
  • Previous
    • 2025
    • 2024
    • 2023
    • 2022
    • 2021
    • 2020
    • 2019
    • 2018
    • 2017
    • 2016
    • 2015
    • 2014
  • Interés
    • Vocabulario legal
    • Glosario
  • Top Ranking
  • Videos
Facebook Linkedin Youtube

Desestima la corte la declaracióngeneral de inconstitucionalidad dedisposiciones de la ley de amnistía

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) analizó la solicitud formulada por su Primera Sala, en el sentido de emitir una declaratoria general de inconstitucionalidad respecto del artículo 3, párrafo quinto, en su porción “los interesados podrán interponer los medios de defensa que resulten aplicables” y párrafo sexto, de la Ley de Amnistía, que regulan el procedimiento que debe llevarse a cabo ante la Comisión de Amnistía para solicitar ese beneficio, con la posibilidad de impugnar las decisiones que nieguen su concesión.

A través de las declaratorias generales de inconstitucionalidad se expulsan del sistema jurídico las normas generales no tributarias contrarias a los derechos humanos previstos en la Constitución Federal y los tratados internacionales. Esto, con el fin de mantener su congruencia, evitar desigualdades y garantizar una administración de justicia pronta y expedita.

El 30 de noviembre de 2022, la Primera Sala resolvió el amparo en revisión 317/2022, en el que se declaró la inconstitucionalidad del artículo 3, párrafo quinto, en la porción “los interesados podrán interponer los medios de defensa que resulten aplicables” y párrafo sexto.

La Sala consideró que las disposiciones no prevén de forma clara y precisa los medios de defensa aplicables para poder controvertir la negativa del beneficio, ni tampoco la legislación específica en la que se encuentran regulados los recursos procedentes, lo cual vulnera los derechos de legalidad, seguridad jurídica, tutela judicial y acceso a un recurso efectivo de las personas solicitantes de la amnistía.

Dicho amparo en revisión fue aprobado por unanimidad de cinco votos, por lo que constituyó jurisprudencia en términos de la Ley de Amparo.

Al considerar la Sala que el plazo aludido transcurrió sin que el problema de inconstitucionalidad fuera superado, solicitó al Pleno la declaración general de inconstitucionalidad.

Una mayoría de seis ministras y ministros se pronunció en favor de emitir dicha declaración respecto de la porción señalada del párrafo quinto, mientras que, por lo que se refiere al párrafo sexto se produjo un empate. Así, al no alcanzarse la votación mínima de ocho votos requerida para la declaratoria, se produjo la desestimación, por lo que las disposiciones mantendrán su vigencia.

FUENTE: https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=8172

Artículo anteriorJafet Ruiz, por un cambio en la perspectiva de la abogacía en MéxicoArtículo siguiente Destaca Sheinbaum “cinismo” de Calderón; “anda muy activo”
OTRAS NOTICIAS
CM Abogados
Noveno aniversario de la muerte de Fidel Castro
El acoso contra mujeres debe estar en los códigos penales federal y estatales: Sheinbaum
25 de noviembre Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Blindan Palacio y calles aledañas por la marcha de hoy del 25 N; cierran las tiendas
Jerí no descarta ingresar a la Embajada de México para detener a exministra de Perú
Grupo Uno
Fiat Servicios Legales
LBKO
Yec
Valanzsa Abogados
Un alcalde asesinado, un presunto atacante abatido y la sombra del crimen en Michoacán: qué sabemos del caso de Carlos Manzo
The Anderson Immigration Group
Tavares & Tavares Law Firm
Sergio Arturo Ramírez Muñoz
Olmedo Gaxiola
Nassar Nassar y Asociados
Katz & Gudiño Abogados
Juan Antonio Aguilar Cervantes
Bufete Hernández Barros
Flores Serna y Asociados
De la Rosa
JSH
Chessmap
CGIA

SECCIONES

- Galardonados
- Metodología

INTERÉS

- Vocabulario legal
- Responsabilidad social
- Glosario

OTROS

- Aviso de Privacidad
- Blog
- Videos

SECCIONES

- Galardonados
- Metodología

INTERÉS

- Vocabulario legal
- Responsabilidad social
- Glosario

OTROS

- Aviso de Privacidad
- Blog
- Videos

© Tops los Mejores Abogados 2020-2025 Creado y Optimizado por ZdPublicidad