La mayoría de las denuncias ciudadanas recibidas por el Conapred en la última década están relacionadas con discriminación en los centros de trabajo. Entre quienes se ven más afectados por esta realidad destacan las personas con discapacidad y las mujeres embarazadas.
El ámbito laboral es por mucho el espacio donde más se discrimina, según el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred). Los derechos más vulnerados son al trato digno, al trabajo y a la igualdad de oportunidades. Y quienes son más vulnerables a ser excluidas son las personas con discapacidad.
El organismo dio a conocer el registro de quejas que ha recibido desde 2012 hasta el cierre de 2022. Las cifras muestran que, con 3,915 reportes, invariablemente en esta última década son los centros laborales donde más ocurren actos de discriminación, esto equivale al 49.3% del total de las denuncias. Le sigue el ámbito educativo, con 1,115 quejas, y, en tercer lugar, los servicios al público, con 777 casos.
Por ejemplo, a más de 3,500 personas se le negó el derecho al trabajo por un motivo basado en la discriminación y no en sus habilidades o potencial para desempeñar el puesto.
En estos 10 años, “se han registrado 8,113 quejas y reclamaciones calificadas como presuntos actos discriminatorios, de las cuales se ha identificado que las tres principales causas de discriminación en una década han sido por discapacidad, con 1,778; condición de salud, 1,358; y apariencia física, 988”, informó el consejo.
El 70% de los actos discriminatorios (5,705) fueron atribuidos a personas particulares y el 30% (2,408), a personal servidor público y/o poderes públicos federales. “El Conapred reitera su llamado a fortalecer el respeto al derecho a la igualdad y no discriminación porque todas las personas somos diversas e iguales en derechos humanos”, apuntó en un comunicado.
No todo es discriminación
Desde 2003, en México contamos con la Ley federal para prevenir y eliminar la discriminación. De acuerdo con el numeral III del primer artículo, la discriminación ocurre cuando una persona o una institución obstaculiza o anula el reconocimiento o el ejercicio de los derechos humanos porque la otra persona es, básicamente, diferente.
La legislación enumera algunos motivos en los cuales se basan la discriminación:
- Origen étnico o nacional
- Color de piel
- Cultura
- Sexo, género
- Edad
- Discapacidad
- Condición social, económica, de salud física o mental, jurídica
- Religión
- Apariencia física
- Características genéticas
- Situación migratoria
- Embarazo
- Lengua
- Opiniones
- Preferencias sexuales
- Identidad o filiación política
- Estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares
- Antecedentes penales
“También se entenderá como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia”.
Ahora, existen una serie de medidas que son confundidas con discriminación y que, justamente, buscan lo contrario: corregir la desigualdad de grupos históricamente discriminados. Nos referimos a las acciones afirmativas, como las cuotas de género, una de las más conocidas en el ámbito laboral.
“Estas medidas no serán consideradas discriminatorias”, señala el artículo 15 Séptimus de la ley. Detalla que su aplicación debe ser específica y de carácter temporal, mientras subsistan las desigualdades y deberán ser adecuadas a la circunstancia que quiera remediarse. El artículo 15 Octavus, por su parte, indica que se utilizarán para el acceso, permanencia y promoción de grupos en situación de discriminación y subrepresentados en el espacio laboral y otros ámbitos.
Las personas pertenecientes a los pueblos indígenas, afrodescendientes, mujeres, niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores son la prioridad de las acciones afirmativas, según dicho artículo.
FUENTE: eleconomista