Lo que inquieta de la reforma a la Ley de Amparo no es quién hoy ocupa la silla grande. Es lo contrario: el relevo inevitable cuando la administración termine.
La Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sufrió una reforma significativa en 2025, con su publicación en el Diario Oficial de la Federación el 13 de marzo de ese año. Esta reforma, aprobada por la Cámara de Diputados el 19 de febrero de 2025 y posteriormente promulgada por el Ejecutivo Federal, introdujo cambios clave en el ordenamiento jurídico.
Entre las principales modificaciones se encuentra la actualización de la denominación del Distrito Federal a Ciudad de México en diversos artículos de la ley, como en el artículo 1º, que ahora menciona la esfera de competencias de la Ciudad de México en lugar del Distrito Federal. Asimismo, se estableció que el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares será el ordenamiento supletorio en caso de ausencia de disposición expresa, reemplazando al Código Federal de Procedimientos Civiles. La reforma también incorporó un lenguaje incluyente con perspectiva de género, modificando términos como «el quejoso» a «la persona quejosa», y «los particulares» a «las y los particulares».
Otro cambio importante fue la eliminación de la facultad de atracción de las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, limitando esta facultad únicamente al Pleno de la Corte. Además, se redujo el número de votos necesarios en la Suprema Corte para sentar jurisprudencia o declarar la inconstitucionalidad de una norma general, pasando de 8 a 6 votos. También se estableció que las sentencias dictadas en los juicios de amparo que resuelvan controversias constitucionales sobre normas generales no podrán fijar efectos generales.
En el ámbito de la administración judicial, se armonizaron las facultades que correspondían al Consejo de la Judicatura Federal, ahora realizadas por el Órgano de Administración Judicial. Estas reformas buscan modernizar el procedimiento de amparo, mejorar la eficiencia del sistema y fortalecer la protección de los derechos humanos.