El equilibrio entre la estabilidad y la flexibilidad del precedente
El fundamento del precedente
En diversos rincones del espectro jurídico, es una práctica recurrente que los tribunales nacionales o internacionales se amparen en anteriores decisiones judiciales al emitir sus fallos. El concepto de “precedente” alude a una determinación tomada por un órgano jurisdiccional que, debido a su relevancia y autoridad, se postula como guía para futuras decisiones ante circunstancias fácticas análogas o cuestionamientos jurídicos semejantes.
El valor intrínseco del precedente radica en que se trata de un mandato para que los órganos judiciales apliquen una norma de forma coherente ante situaciones similares. Este mecanismo brinda estabilidad y predictibilidad en la aplicación del derecho y garantiza un trato equitativo para las personas en escenarios afines. No obstante, es ineludible reconocer sus potenciales limitaciones. Dependiendo de cómo se diseñe el sistema y de su puesta en práctica, puede instaurar cierta inflexibilidad, perpetuar falencias de antiguas resoluciones o restringir la habilidad de los tribunales para discernir nuevas soluciones a la luz de cambios sociales o situaciones emergentes.
Existen diferentes concepciones sobre el precedente judicial, pero la más común es la doctrina del precedente vinculante,1 que indica que un tribunal inferior debe aplicar una decisión tomada en un caso similar por un tribunal superior. En el sistema del common law anglosajón esta doctrina se encuentra incrustada en su substrato cultural jurídico, generando una expectativa de uniformidad en las decisiones que toman los tribunales. Si el precedente es vinculante y proviene de un tribunal superior éste funciona como un criterio que los tribunales inferiores deben seguir.
Por contraposición, cuando un precedente carece de naturaleza vinculante, se erige meramente como una guía que, si bien puede ser valorada por el órgano jurisdiccional, no impone su observancia obligatoria. A este se le conoce como precedente persuasivo, utilizado en ocasiones para sustentar determinado razonamiento o postura ante una cuestión jurídica, con base en la opinión esgrimida por otro tribunal. Los precedentes judiciales, en su conjunto, ostentan una relevancia cardinal en el entramado constitucional y democrático de México, delineando la interpretación y efectiva aplicación de las leyes, y fungiendo como baluartes en la salvaguarda de derechos fundamentales.
El contexto mexicano: democracia, derechos políticos y precedentes
Pero ¿cómo influyen los precedentes judiciales en la vida democrática de México, especialmente en el ámbito electoral? ¿Cuál es el papel del precedente judicial electoral en la consolidación de la democracia mexicana? ¿Cómo pueden las desviaciones o cambios en la jurisprudencia afectar la coherencia y confiabilidad de las decisiones judiciales? ¿Cuál es la urgencia y cuál debe ser la naturaleza de las reformas constitucionales, legales o reglamentaras para mejorar el sistema de jurisprudencia electoral en México? ¿Cómo pueden los criterios interpretativos vinculantes fortalecer la función esencial de la jurisprudencia y garantizar la equidad en las contiendas electorales? ¿Cuál es la responsabilidad del legislador federal y de los jueces y juezas en la reforma y adaptación del sistema de jurisprudencia electoral ante las realidades cambiantes de la democracia mexicana?
En la obra El precedente judicial electoral en México. Reflexiones y perspectivas, juzgadores y juzgadoras hemos plasmado nuestras ideas con el fin de ofrecer un panorama sobre el derecho jurisprudencial y dar respuestas a los anteriores interrogantes. Resultado de la coordinación del magistrado Indalfer Infante, el Tribunal Electoral (TEPJF) presenta este compendio reflexivo, erigido a la luz de los recientes dos años transcurridos desde la implementación de la reforma constitucional que consagra el “sistema de precedentes”.
En el libro se desgrana la evolución y el impacto del sistema de criterios judiciales obligatorios en el ámbito electoral mexicano. Mediante las aportaciones de expertos en la materia, se desentrañan los retos y ventajas, así como las connotaciones de incorporar y adecuar dicho sistema en el entramado legal y judicial mexicano. Se pone énfasis en la cardinalidad de la congruencia, la previsibilidad y la transparencia en las resoluciones judiciales. Adicionalmente, se contempla la potencialidad del derecho jurisprudencial para robustecer nuestra democracia y praxis electorales, salvaguardar los derechos políticos y afianzar la confianza en las instituciones judiciales.
La obra punto a punto
La ministra presidenta de la Suprema Corte, Norma Lucía Piña, inicia el diálogo de este libro poniendo de relieve la imperiosa necesidad de aportar certeza y transparencia en el universo electoral. Su llamado es claro: los actores del proceso deben tener plena conciencia de las reglas del juego. La ministra hace hincapié en que la falta de predictibilidad en las normas electorales no sólo se deriva de regulaciones excesivas o cambios incesantes, sino crucialmente, de la carencia de un sólido sistema de precedentes electorales. Este sistema es esencial para orientar decisiones judiciales más fundamentadas.
A continuación, el ministro de la Corte Jorge Mario Pardo, pone sobre la mesa un análisis de los retos y prospectos del marco de justicia electoral en México. No pasa por alto el rol cardinal de instituciones como la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el TEPJF en la protección del pilar constitucional electoral. Su intervención culmina con un llamado a reexaminar y consolidar la sinergia entre estas instituciones con el fin de perfeccionar el panorama de justicia electoral.
En mi contribución, enfoco el análisis en la adaptabilidad, cohesión y previsibilidad del tejido jurídico-electoral mexicano. Meditar sobre estas cuestiones es esencial para concebir un sistema de justicia electoral que no sólo sea equitativo y eficiente, sino que también se adecúe a los contornos cambiantes de nuestra sociedad. Asimismo, apunto que migrar hacia un modelo basado en precedentes en el seno del TEPJF podría engrandecer la calidad y consistencia de las decisiones.
Por otro lado, el magistrado Indalfer Infante enfatiza en su texto la urgencia de adaptar el sistema de jurisprudencia electoral en México para que sea más eficiente, coherente y acorde a las realidades actuales. Propone en especial eliminar el requisito de ratificación ya que, en su estructura actual, entorpece y alarga el proceso de formalización de la jurisprudencia, reduciendo su efectividad y claridad en el sistema legal.
La magistrada Mónica Aralí Soto, en su reflexión, subraya la necesidad de un sistema dinámico y adaptable de jurisprudencia en materia electoral, donde la revisión constante es esencial para mantener la relevancia y pertinencia de las interpretaciones legales.
A continuación, la magistrada Janine Otálora nos invita a ponderar el equilibrio entre la estabilidad y la innovación en la jurisprudencia electoral, subrayando la importancia de una interpretación judicial rigurosa y el papel bimodal de la jurisprudencia en el entramado legal.
Se cierra la obra con el aporte del magistrado Felipe Fuentes quien esboza los desafíos que enfrenta la jurisprudencia electoral, particularmente en relación con la reforma constitucional de 2021 del Poder Judicial. Argumenta que la adopción de un sistema basado en precedentes en el ámbito electoral encierra tanto desafíos como oportunidades, y enfatiza la necesidad de una comunicación clara, decisiones transparentes y estabilidad doctrinal para garantizar su éxito.
¿Por qué reconsiderar el valor del precedente judicial electoral?
Esquema dual en el control judicial electoral mexicano
La reforma electoral mexicana de 1996 delineó un esquema dual en el control judicial de las normas y actos electorales, atribuyendo a la SCJN una revisión en abstracto y al TEPJF un análisis concreto. De ese modo, la SCJN ostenta la facultad exclusiva para decretar la inconstitucionalidad general de las leyes electorales, mientras que el TEPJF resuelve los medios de impugnación contra actos y decisiones electorales, con la posibilidad de inaplicar leyes contrarias a la Constitución en casos concretos.
Ambos órganos ejercen facultades distintas pero complementarias en el control constitucional, a menudo generando perspectivas coincidentes, aunque también se presentan discrepancias. La SCJN puede declarar la inconstitucionalidad de una norma electoral de forma abstracta pero, por el carácter de ese análisis, no es posible anticipar escenarios concretos en contextos fácticos particulares, un espacio que puede ser explorado por el control concreto ejercido por el TEPJF. Por estas razones, la revisión judicial en México en materia electoral tiene características únicas debido a la coexistencia de dos tribunales de última instancia que operan en ámbitos de control diversos.
Transformaciones constitucionales
En marzo de 2021, se promulgó una reforma constitucional que transformó significativamente la dinámica decisoria del Poder Judicial de la Federación. Concretamente, el artículo 94 de la Constitución federal fue enmendado para determinar que las decisiones del Pleno de la SCJN, respaldadas por una mayoría calificada, tendrán carácter vinculante para todas las autoridades jurisdiccionales, tanto federales como estatales. Esta modificación suprimió el sistema anterior de creación de jurisprudencia basado en la reiteración, que requería que un criterio de la SCJN fuese sostenido en al menos cinco ocasiones para adquirir carácter obligatorio.2
Esta transformación constitucional amalgama nuestro sistema tradicional basado en jurisprudencia y tesis con un enfoque inspirado en el sistema de precedentes propio del common law.3 Así, con esta reforma, una única sentencia del Pleno de la SCJN, avalada por la mayoría requerida, tiene el poder de otorgar obligatoriedad y brindar certeza jurídica a las interpretaciones emanadas de nuestra máxima instancia judicial.
A pesar de la reforma constitucional, el TEPJF conserva un modelo tradicional, exigiendo la reiteración de una decisión en tres ocasiones para que adquiera carácter vinculante. Tal método puede engendrar desafíos y sembrar ocasional incertidumbre en el sistema legal electoral, afectando la justicia efectiva y la seguridad jurídica. Además, se puede observar que decisiones trascendentes de la Sala Superior del TEPJF no sean necesariamente respaldadas por sus salas regionales o los tribunales electorales locales, al no poseer la naturaleza formal de una jurisprudencia. Esta circunstancia puede infundir una variable de incertidumbre, afectando la coherencia en resoluciones de casos similares y la seguridad jurídica.
Las recientes modificaciones constitucionales y legales en México evidencian una evolución del sistema jurídico, que, preservando su tradición formalista, tiende hacia una dinámica centrada en la resolución de casos específicos. En consecuencia, resulta imperativo examinar, como lo hace la obra que reseñamos, los matices surgidos en la praxis judicial-electoral concernientes a la funcionalidad y efectividad del sistema vigente de jurisprudencia.
La certeza jurídica en el marco constitucional electoral
Uno de los aspectos significativos destacados en el libro es cómo se define y opera la jurisprudencia constitucional en México. Los expertos que contribuyen a enriquecerla, subrayan en general la centralidad del principio de certeza jurídica como un pilar fundamental en el marco constitucional y legal. Esta seguridad se materializa a través de una interpretación robusta y del carácter vinculante de los pronunciamientos que emiten los tribunales.
Adicionalmente, familiarizarse con las decisiones judiciales previas no sólo proporciona claridad en las regulaciones, sino que también previene interpretaciones arbitrarias. De ahí la importancia de resaltar el valor del razonamiento colectivo entre jueces y la importancia de incorporar perspectivas comparativas para una comprensión más consumada de los fenómenos político-electorales.
Control judicial y desafíos en la justicia electoral
Profundizando en el sistema de control judicial en México, los diversos autores reconocen también que se han planteado varios desafíos en el ámbito de la justicia electoral, como la posibilidad de revisión constitucional de una norma en abstracto y su interacción con el control de constitucionalidad concreto, un aspecto analizado a profundidad en el texto del ministro Pardo.
A pesar de estos desafíos, en el libro se señala que formalmente el sistema judicial electoral gira en torno a la jurisprudencia. No obstante, aunque el TEPJF sigue un sistema basado en la repetición de criterios, en la práctica está evolucionando. Como señala el magistrado Felipe Fuentes, en los litigios electorales se suelen citar, de hecho, sentencias de Salas del TEPJF a modo de precedentes. Por otro lado, el TEPJF contempla ya la posibilidad de establecer un mecanismo de aprobación de sus tesis relevantes sobre la lógica del sistema de precedentes, reflejando así un cambio significativo en la interpretación y aplicación de la ley en el ámbito electoral.
¿Por qué es importante un sistema eficaz de precedentes judiciales?
Importancia del sistema de precedentes en contiendas electorales
El sistema de precedentes es esencial en la protección de los derechos políticos y electorales, garantizando equidad en las contiendas y coherencia en la interpretación y aplicación de normas constitucionales. Un sistema bien estructurado previene interpretaciones erróneas que puedan influir en los resultados electorales.
La falta de seguimiento adecuado de las decisiones previas de los tribunales electorales compromete la justicia efectiva, la seguridad jurídica y la previsibilidad. Esto puede causar confusiones tanto para ciudadanos como para profesionales del derecho, afectando la protección de derechos y principios fundamentales. Por ende, es vital contar con un sistema de precedentes que permita revisar decisiones previas de las autoridades electorales. Esta práctica judicial proporciona una guía clara para candidatos y votantes y promueve valores democráticos como la transparencia, la rendición de cuentas y el estado de derecho.
El papel de los jueces electorales en la democracia constitucional
La magistrada Otálora enfatiza que un derecho originado de decisiones judiciales no es anómalo en una democracia constitucional. Los jueces no deben ser vistos como sustitutos de los legisladores; su labor se basa en normativas ya establecidas, adhiriéndose a prescripciones legales y constitucionales. La diversidad de opiniones en tribunales colegiados enriquece el debate y fortalece el proceso decisivo, asegurando la consideración de múltiples perspectivas.
El sistema de precedentes es crucial para la confianza y equidad del proceso democrático, consolidando la democracia y protegiendo los derechos ciudadanos. Otálora destaca precisamente la responsabilidad de los jueces al interpretar disposiciones, subrayando que no es una tarea simplista, sino un ejercicio profundo de comprensión y aplicación de la ley. La jurisprudencia estabiliza y puede transformar el sistema legal, garantizando eficiencia y continuidad, y permitiendo que la ciudadanía prevea soluciones legales y comprenda sus derechos y obligaciones.
Así, la creación de derecho por parte de los jueces tiene un valor y una utilidad incuestionable. La jurisprudencia no solo estabiliza el sistema legal sino que también puede transformarlo. El respeto a decisiones judiciales previas garantiza eficiencia y continuidad legal, permitiendo que las personas prevean soluciones legales y entiendan el alcance de la ley establecida.
Hacia un horizonte de certeza: la evolución necesaria
Transformación para un sistema de precedentes judiciales robusto
Sin precedentes judiciales bien establecidos, el sistema electoral se expone a decisiones contradictorias o inconsistentes. La imprevisibilidad de las normas electorales surge no solo de una regulación excesiva y constantes reformas, sino también de la falta de un sistema y práctica efectiva de precedentes electorales.
Para enfrentar estos retos, la ministra Norma Piña propone la necesidad de una reforma judicial que instaure un modelo de precedentes en materia electoral, inspirado en el sistema de casos de amparo. Esta reforma no sólo elevaría la calidad argumentativa y decisoria de los tribunales electorales, sino que también minimizaría la arbitrariedad y consolidaría la certidumbre y estabilidad jurídica. Esencialmente, la reforma enfatizaría la protección de derechos humanos político-electorales, eliminando su actual relegación a un segundo plano, y así garantizaría una competencia electoral justa y la protección efectiva de los derechos de los ciudadanos.
El rol de jueces y magistrados en la aplicación de precedentes
En el libro se resalta también la expectativa de que jueces y tribunales desempeñen un papel fundamental en la aplicación de precedentes. Los órganos judiciales deben no sólo identificar argumentos y establecer hechos pertinentes, sino también tener un vasto conocimiento de principios y precedentes y un dominio argumentativo para mantener coherencia en sus fallos.
El magistrado Indalfer Infante identifica otro desafío clave en el sistema jurídico mexicano, la falta de un sistema formalizado de precedente judicial. Esta laguna conduce a incoherencias en la aplicación de la ley, tensionando el modelo tradicional basado en la repetición de criterios y un paradigma emergente que prioriza la singularidad de cada caso.
Desde otro ángulo la magistrada Soto Fregoso destaca la importancia de las revisiones periódicas de la jurisprudencia, sugiriendo que estas no deben ser monopolio de las instancias superiores. Para una interpretación legal más representativa y adecuada, se debe incluir a salas regionales y partes involucradas en el proceso de revisión y en propuestas de cambio jurisprudencial.
El carácter dinámico y transformador de la jurisprudencia
Janine Otálora, destaca, por su parte el carácter transformador de la jurisprudencia. Argumenta que, a pesar de la importancia de mantenerse fieles a los precedentes, el sistema legal debe evolucionar conforme a las realidades cambiantes. Así, la ley no sólo se mantiene coherente, sino también relevante.
En sentido similar, el magistrado Fuentes. Barrera apunta con cautela que la transición hacia un sistema de precedentes electorales implica retos. La adopción de este sistema demanda claridad en la justificación de las decisiones, tanto por parte de tribunales como de las partes interesadas.
La necesidad de evolucionar hacia un nuevo paradigma judicial
En general, como puede verse, la obra busca consolidar el expertise de juzgadores y juzgadoras en una propuesta que aspira a enriquecer el proceso de toma de decisiones de los órganos judiciales electorales. La experiencia y conocimiento de estos expertos puede ofrecer una perspectiva más completa al evaluar la adecuación de las normas con la Constitución. La revisión integral de los textos que integran El precedente judicial electoral en México. Reflexiones y perspectivas subraya pues la importancia trascendental de los precedentes judiciales en el ámbito electoral mexicano.
En suma, la reforma constitucional y legal de 2021 en México ha pavimentado el camino hacia un marco judicial más sólido y equitativo. Establecer un sistema de precedentes en el ámbito electoral es fundamental para asegurar transparencia y certidumbre, y para clarificar a todos los actores involucrados las reglas primordiales que guiarán las elecciones.
Con una historia de constantes evoluciones y reformas en el sistema de justicia y en el sistema electoral, la consolidación y la internalización de un modelo de precedentes se tornan imperativos para garantizar la certeza, la equidad y la predictibilidad en las decisiones judiciales. Las voces de quienes contribuimos a la obra, coincidimos en la necesidad de abandonar prácticas desfasadas y de abrazar un paradigma que no solo otorgue solidez argumentativa a las decisiones judiciales, sino que también promueva la confianza de la ciudadanía en las instituciones judiciales electorales. Como señala Marina Gascón, la jurisprudencia posee un valor decisivo para la unificación del derecho.4 En este escenario, los desafíos son múltiples, pero la recompensa es una justicia electoral más robusta y confiable para México.
FUENTE; eljuegodelacorte